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Descubre qué exige la ley sobre protección solar para trabajadores y qué EPIs son realmente eficaces en exterior. Solicita asesoramiento.
Cada verano, las empresas que operan en Campo de Gibraltar y Andalucía se enfrentan al mismo reto: garantizar la seguridad de los operarios que trabajan a la intemperie bajo temperaturas que superan con frecuencia los 35°C. La protección solar para trabajadores ya no es un gesto opcional, sino una obligación derivada de la evaluación de riesgos laborales que toda empresa debe documentar.
La exposición prolongada a la radiación ultravioleta no solo provoca quemaduras inmediatas: a medio plazo incrementa el riesgo de fotoenvejecimiento cutáneo y de lesiones dermatológicas más graves. A esto se suma el riesgo de golpe de calor, una de las causas de baja laboral más frecuentes —y más prevenibles— en sectores como la construcción, el naval y la logística portuaria.
En este artículo repasamos qué productos y accesorios son realmente eficaces para proteger a tu plantilla, qué exige la normativa española al respecto, y qué criterios técnicos debes aplicar para que estos equipos cumplan su función sin convertirse en una incomodidad más durante la jornada.
Durante años, las cremas solares se consideraban un «extra» que cada trabajador gestionaba por su cuenta. Esto cambió con el Real Decreto 1076/2021, que modificó el Real Decreto 773/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización de equipos de protección individual. Según recoge el propio Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), el Anexo II de esta norma incluye explícitamente las cremas y lociones barrera —entre ellas, las de protección solar— dentro del catálogo de EPI reconocidos.
Esto tiene una consecuencia práctica directa: si la evaluación de riesgos de tu empresa detecta exposición significativa a radiación solar en puestos de trabajo a la intemperie, la fotoprotección debe integrarse en el plan de prevención igual que un casco o unos guantes.
Sectores especialmente afectados en nuestro entorno: personal de obra, operarios de mantenimiento industrial en exterior, estibadores y personal portuario del Puerto de Algeciras, trabajadores de astillero y equipos de logística en intemperie.
Combinan carcasa rígida antiimpacto, tejido exterior con protección UPF y rejillas de ventilación. A falta de una norma EPI específica para radiación solar, el sector se apoya en la norma UNE-EN 13758-2, que exige UPF superior a 40 y transmisión media de UVA inferior al 5%.
Si tu plantilla ya usa casco de seguridad, no hace falta sustituirlo: la cubierta refrescante para el cuello compatible con casco de Casa Pastor se acopla mediante banda elástica y cierre por botón a la mayoría de cascos del mercado, protegiendo cuello y orejas sin cambiar el EPI principal.
Tres soluciones de nuestro catálogo Calor Extremo, activadas con agua y sin necesidad de batería:
La pulsera preventiva contra el golpe de calor mide temperatura ambiente y corporal en tiempo real, con alarma luminosa, acústica y vibratoria a partir de 37,8°C corporal o 42°C ambiente. Protección IP67, batería recargable, pensada para construcción, industria, minería y obra pública. Conviene aclarar que no es un producto sanitario: complementa la prevención, no sustituye la valoración médica.
Si la evaluación de riesgos detecta exposición significativa, sí, según el Anexo II del RD 1076/2021.
El SPF mide protección UV en cremas; el UPF, en tejidos (norma UNE-EN 13758-2). No son intercambiables.
Mínimo SPF 30 para jornadas prolongadas en exterior.
No, es un dispositivo preventivo de monitorización; ante malestar, debe consultarse con el médico.
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