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La normativa de EPIs actualiza requisitos y marcados en 2026. Qué cambia, qué afecta a tu empresa y cómo asegurarte de que el equipamiento que compras o tienes en uso sigue siendo válido y legal.
En el entorno industrial de 2026, la gestión de los Equipos de Protección Individual (EPI) ha pasado de ser una cuestión logística a un pilar de la gestión de riesgos y la responsabilidad civil.
Con la entrada del nuevo ejercicio, nos encontramos en un punto de inflexión marcado por el fin de los periodos de transición de diversas normas armonizadas bajo el Reglamento (UE) 2016/425 del Parlamento Europeo. Desde Casa Pastor, analizamos los cambios clave que deben supervisar los responsables de prevención y compras este año.
Según lo dispuesto en la Decisión de Ejecución (UE) 2025/286, el 14 de agosto de 2026 es la fecha límite definitiva. A partir de ese día, las normas antiguas pierden su estatus legal. Esto implica que cualquier equipo adquirido tras esta fecha debe cumplir estrictamente con las nuevas revisiones técnicas para garantizar la seguridad jurídica de la empresa.
Fuente: Elaboración propia basada en estándares CEN/ISO y el DOUE.
| Categoría de EPI | Norma Antigua (Derogada) | Nueva Norma 2026 (Obligatoria) | Cambio Principal |
| Protección Ocular | EN 166 | EN ISO 16321-1:2021 | Ensayos más rigurosos para impacto y calidad óptica. |
| Protección Auditiva | EN 352 (v. previas) | EN 352:2020 / Cat. III | Control de fabricación anual obligatorio (Módulo C2/D). |
| Calzado de Seguridad | EN ISO 20345:2011 | EN ISO 20345:2022 | Requisitos mejorados en antideslizamiento y perforación. |
| Ropa de Protección | EN ISO 13688:2013 | EN ISO 13688:2013/A1:2021 | Actualización en ergonomía e inocuidad de materiales. |
La histórica norma EN 166 ha sido desplazada. Según la Organización Internacional de Normalización (ISO 16321-1:2021), estos nuevos estándares introducen métodos de ensayo que simulan de forma más realista las condiciones de trabajo, garantizando una mayor protección lateral y una mayor fidelidad óptica para reducir la fatiga laboral.
Tal como establece el Reglamento (UE) 2016/425, los protectores auditivos se consolidan en la Categoría III (riesgos irreversibles). Según las guías técnicas del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), el incumplimiento de los controles de fabricación anuales invalida el certificado de conformidad del producto.
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) está haciendo especial hincapié en la trazabilidad documental inmediata:
Documentación mediante QR: De acuerdo con la Guía de la Comisión Europea, el usuario final debe tener acceso fácil a la Declaración UE de Conformidad.
Sostenibilidad (CSRD): En línea con la Directiva (UE) 2022/2464 (CSRD), en 2026 la elección del EPI impacta en el Scope 3 de la huella de carbono. Integrar equipos con materiales de bajo impacto es ahora un requisito en auditorías ESG.
Advertencia Legal: El uso de equipos con normativas derogadas después de agosto de 2026 puede invalidar las coberturas de los seguros de accidentes laborales y acarrear sanciones administrativas graves, según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
En Casa Pastor no solo suministramos equipo; nos aseguramos de que su empresa reciba soluciones que respondan a la normativa más exigente de 2026.
Catálogo Actualizado: Disponemos de las últimas referencias certificadas bajo estándares ISO.
Asesoramiento B2B: Ayudamos a los departamentos de compras y PRL a seleccionar el equipo adecuado para cada riesgo.
Garantía de Cumplimiento: Trabajamos exclusivamente con fabricantes que cumplen los rigurosos controles de la Unión Europea.
La seguridad de su equipo humano es la rentabilidad de su empresa.
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